Las mil y una ventajas de tener contrato temporal.

http://www.podem.cat/ca/node/3169
(España) ¿Sabías que el 91% de los contratos inscritos en diciembre del 2008 fueron contratos temporales? Si tu contrato es temporal y te agobia la inminente“no renovación de contrato”, no te deprimas y pasa a la acción: el despido en España es libre… ¡pero no gratuito! Carlos trabaja a jornada completa de dependiente en el mostrador de la empresa de construcción “CONSTRUFÁCILS.L. ” Hace tres años que trabaja para ellos, pero tiene un contrato por obra que va renovando de vez en cuando y cobra 990 euros al mes. Lucía trabaja de ayudante de dependienta a tiempo parcial en la tienda de ropa “QUE FASHION SOY S.L. ” Lucía tiene un contrato temporal a tiempo parcial y cobra 500 euros al mes. Últimamente, Carlos y Lucía tienen miedo: Carlos, porque sabe que su empresa va mal y está deshaciéndose de personal al tremebundo ritmo de una persona diaria; Lucía, porque le han dicho que en su empresa nunca hacen indefinido al personal, ya que prefieren ir cogiendo gente nueva cada nueve meses. Los dos se ven de patitas en la calle. Aunque los dos están habituados a no tener un empleo estable, esta vez tienen más miedo que en ocasiones anteriores. ¿Por qué? Porque han leído los periódicos y han visto que las cifras del paro están creciendo exponencialmente y saben que les será muy difícil encontrar un nuevo empleo en estas circunstancias. Lo que no saben Carlos y Lucía es que la Ley les protege. Como no lo saben, cuando sus respectivos jefes decidan no renovarles el contrato, Carlos y Lucía fi rmarán su finiquito y se irán a casa. Cada uno de ellos cobrará una mísera indemnización de 8 días por año trabajado desde la última renovación de contrato. Previsiblemente, ninguno de los dos se irá a casa con más de 500 euros en el bolsillo. Y lo peor de todo: estarán convencidos de que el trato ha sido justo. Y como Carlos y Lucía, millones de personas se encontrarán en la misma situación. Con un finiquito paupérrimo y sin perspectivas de encontrar trabajo. Los jefes de Carlos y Lucía se creen muy listos. Su asesor les recomendó hacerles un contrato de obra a él y un contrato eventual por circunstancias de la producción a ella. ¿Por qué? Porque al despedirlos (o, según dicen ellos, al“no renovarles el contrato”), solo tendrán que pagarles la indemnización de 8 días por año trabajado, a contar desde el último contrato, en vez de los 45 días por año trabajado con que se paga el despido improcedente de un trabajador con contrato indefinido (que es el famoso“contrato fijo”, como se conoce en lenguaje popular). ¡Suerte que en la empresa tienen un asesor,y saben cómo aprovechar la ley a su favor! Lo que no saben los jefes de Carlos y Lucía(aunque posiblemente si lo sepa su asesor), es que los contratos que han firmado sus empleados están en fraude de ley. La mayoría de contratos temporales en España están en fraude de ley, no porque sean temporales, sino porque no cumplen los requisitos para justificar esa temporalidad. El principal requisito para que un contrato pueda ser temporal es la causa. Si
LEE TODO EN LAS MIL Y UNA VENTAJAS DE TENER CONTRATO TEMPORAL.
contratotemporal@sincapitalismo.net
- Del libro :¿CRISIS? ¡PODEMOS!
http://www.17-s.info/sites/www.podem.cat/files/PODEMOSCAST.pdf









Luis Gonzalez dijo
Te felicito lei todo tu articulo. Pense que en el país en donde vivo (México) no querían a los empresarios. Me doy cuenta que en España menos. Iba a poner una oficina alla para ayudar a dar empleo a mis compatriotas españoles pero veo que me van a tratar mal. Mejor me voy a donde me traten bien. Gracias. saludos.....
24 Mayo 2010 | 01:11 AM